sábado, 19 de febrero de 2011

CONCEPTOS DE LA ADMINISTRACIÓN PRÚBLICA

LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.- Es aquella que extiende sus competencias a todo el territorio español, dirigido por el gobierno.
Esta constituida por entidades públicas:
. Administración General del Estado.
. Administración Autonómica.
. Administración Local.
ESTADO DE DERECHO.- Según la Constitución española es su art.1 la soberanía reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
. Poder Legislativo: Parlamento (representa al pueblo)
Congreso de los Diputados y Senado.
. Poder Ejecutivo: Gobierno.
. Poder Judicial: Jueces y Magistrados.
ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL ESTADO.- Su competencia se extiende a todo el territorio nacional. El órgano superior es el gobierno (presidente, vicepresidente y ministros)
ADMINISTRACIÓN PERIFÉRICA O AUTONÓMICA DEL ESTADO
. Delegados de gobierno.
. Subdelegados del Gobierno.
. Directores Insulares.
ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO EN EL EXTERIOR “EUROPA”
. Dirigida por los embajadores.
PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO.- Son la previsión realizada por el Gobierno y aprobada por las Cortes, de los ingresos y gastos que espera obtener en un año.
Características:
. Un estado financiero representativo del sector público,
. Un acto de control del poder legislativo sobre el ejecutivo.
. Autorizaciones legislativas. (Regulan las relaciones legislativas ejecutivas)
. Las normas legislativas (Potestad financiera del Estado).
Los Presupuestos Generales se dividen:
. Elaboración, Aprobación, Ejecución y Control.
CONTRATO PUBLICO.- Es un tipo de contrato en el que una de las partes es la administración pública y otra el contratante en una situación de subordinación jurídica frente a la administración.
PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN.-La Administración Pública para que funcione precisa de unos recursos humanos, y sus trabajadores se denominan empleados públicos.
Se Clasifica en funcionarios de carrera, interinos, laborales, eventuales y personal directivo.
DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Y DOCUMENTOS DE LOS CIUDADANOS
Documentos Administrativos.- son el soporte en el que se materializan los distintos actos de la Administración Pública.
Documentos de los ciudadanos.- son los utilizados por las ciudadanos para participar de forma activa en los procedimientos administrativos.
Se pueden presentar en los registros de las diferentes administraciones públicas, en las oficinas de correos y en las representaciones diplomáticas en el extranjero.
En los documentos debe figurar:
. Identificación (nombre, apellidos y DNI) y el órgano a quien se dirige el documento.
. Y el lugar de la notificación.
Tipos de Documentos:
. Solicitud.- Documento mediante los ciudadanos realizan peticiones a la Administración.
. Denuncia.- Un ciudano pone en conocimiento de la Administración hechos que pueden dar lugar a la iniciación de un procedimiento administrativo.
. Alegaciones.- Los interesados en un procedimiento aportan las razones o documentos que estimen oportunos.
ADMINISTRADO.- Cualquier persona física o jurídica con capacidad para establecer relaciones con la administración.
EL ACTO ADMINISTRATIVO.- Cualquier acto que realice una Administración Pública Ej. Contestar una reclamación.
EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.- Es el cauce formal de la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la consecuencia de un fin.
Fases del procedimiento:
. Iniciación.
. Ordenación.
. Instrucción. (Pruebas, informes, participación de los interesados).
. Finalización.
. Ejecución.
JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.- Es la encargada de los asuntos relacionados con la actividad administrativa.
Tiene cinco niveles:
. El Tribunal Supremo.
. La Audiencia Nacional.
. Los Tribunales Superiores de Justicia de las C.A.
. Los Juzgados Centrales de lo Contencioso- Administrativo.
. Los Juzgados de lo Contencioso. Administrativo.
LOS ARCHIVOS Y LOS REGISTROS DE LA ADMINISTRACIÓN
Archivo.- Conjunto ordenado de documentos por las personas jurídicas, públicas o privadas en el ejercicio de sus actividades.
Registró General.- El encargado de recibir y de dar fe de los escritos que presentan los administrados.
Registro Civil.- Organismo público encargado de dejar constancia de los actos relativos al estado civil.
Registro Mercantil.- Tienen por objeto la publicidad de las situaciones jurídicas de los empresarios.
Registro de la Propiedad.- Se anota los derechos de propiedad inmobiliaria y demás derechos reales.

Opinión propia

Llevamos varias décadas de reformas en las Administraciones públicas en España, se han introducido numerosas técnicas de gestión muchas de ellas provienen del sector privado empresarial, a cambiado las necesidades del ciudadano y su relación con el poder público y sus instituciones.
En cuanto al trabajo del representante político he tenido que hacer un gran esfuerzo para realízalo, recopilando información de los distintos medios de comunicación, y ayudándome de nuevas tecnologías informativas, he conocido mas de cerca a mi representante mediante las noticias y los trabajos expuestos de mis compañeros he adquirido nuevos conocimientos aunque con distintas ideologías.
Viendo de una forma constructiva y participativa la labor cotidiana de un presidente autonómico.

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